Las falencias técnicas de la SUPEN: la verdad detrás de la suspensión de los Fondos Generacionales

El pasado 20 de marzo, en la sesión 1924-2025, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) acordó posponer la entrada en vigor de la reforma conocida como Fondos Generacionales (#FG), prevista para el próximo 1 de abril. Fondos Generacionales sería la reforma más importante al Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (#ROPC), tal y como el mismo #CONASSIF y actores del mercado lo reconocen.  De modo, que es de esperarse el análisis más riguroso de parte de la Superintendencia de Pensiones (#SUPEN), del propio Consejo y, en general, de todos los participantes del mercado, dado su impacto en las #pensiones de los cotizantes (#trabajadores y trabajadoras), así como en el sistema financiero y la economía del país.

El comunicado de prensa del CONASSIF que dio cuenta de la suspensión indica: “la decisión se sustentó en la necesidad de realizar estudios complementarios en áreas tales como tasas de reemplazo, límites de inversión y un análisis del impacto de la reforma” (subrayado no es del original).

A efectos de revisar el sustento de esa necesidad de realizar “estudios complementarios”, me tomé la tarea de revisar los considerandos de la resolución CNS-1924/05 del 21 de marzo del 2025, donde se encuentra “la verdad de la suspensión” y pone en evidencia preocupantes deficiencias en la rigurosidad técnica con la que SUPEN y el anterior Consejo, aprobaron esta reforma.

Cito del considerando tercero: “Que análisis técnicos detallados sobre la propuesta y sobre modelos análogos, así como las discusiones que sobre este tema se han tenido en el Consejo, han indicado deficiencias sustantivas en la regulación aprobada que podrían comprometer los objetivos declarados de la reforma y generar efectos adversos no previstos…”.

Como lo expresaría el dibujante René Ríos Boettiger (Pepo), autor de las historietas de “#Condorito”: PLOP!!!

Veamos algunas observaciones claves extraídas del articulo tercero de esos considerandos:

a)    “ El proyecto mantiene los productos de retiro actual (renta permanente, retiro programado y rentas vitalicias). (…) Se ha demostrado que una incongruencia como la que veríamos entre el esquema de acumulación propuesto y los esquemas de desacumulación existentes resultan en deterioros en las pensiones pagadas, en prácticamente todos los escenarios de mercado.”  PLOP, PLOP!!

En buen cristiano eso significa que se recibirían menores montos de #pensión. Pero su impacto no sería solamente sobre los montos, aquí el principal problema es que erosionarían la #confianza en el sistema (ROPC) y ocasionarían un daño sobre su #reputación y la de los reguladores.  Y este es un negocio de #confianza, como cualquiera del sector financiero ¿así querían pasar esa reforma?

b)    “… el proyecto no logra reducir la exposición al riesgo de mercado de los pensionados que tiene el régimen actual, ya que no desarrolló productos de retiro que brinden estabilidad a las pensiones frente a eventuales choques de mercado”.

Es decir, no cumple el objetivo de disminuir la #volatilidad de las pensiones (variaciones negativas), dejando a los pensionados vulnerables a #crisis financieras como la de 2022. Roció Aguilar, ex superintendente de pensiones, principal responsable de esta propuesta de reforma dijo a las y los #diputados que este era el principal aporte y que con ello se protegía a la población más vulnerable (los más próximos a pensionarse y pensionados). PLOP, PLOP, PLOP!!

c) “El proyecto no solo mantiene los límites legales existentes, como la imposibilidad de invertir más de 50% de los fondos en el exterior, sino que los multiplica, al tener que cumplirse estos límites para cada uno de los fondos generacionales. Adicionalmente, establece nuevos límites normativos por clase de activo, que genera un efecto combinado de alejar la posibilidad de optimizar el rendimiento-riesgo de las inversiones del régimen actual.

Y ¿entonces? O sea dejamos una rigidez que imposibilita optimizar la relación riesgo-rendimiento y, a la vez, limita la recuperación en momentos de crisis. Seguro que las Operadoras de Pensión Complementaria (#OPC) le habrán dicho a doña Rocío y a Tomas Soley (actual super interino): “No me ayudes compadre”.

Los acápites d), e) y f) van muy en línea con lo expresado en el c), pero además refuerzan lo expresado en los considerandos cuarto y quinto, por lo que para no hacer muy extenso el artículo me refiero directo a ellos. Además, señalan los inconvenientes que presenta el esquema de #inversión al forzar una mayor inversión en el mercado interno.

“CUARTO: Que las estimaciones de impacto en las tasas de reemplazo presentadas a este órgano revelan un deterioro en esta variable para una mayoría de afiliados.”

“QUINTO: Que la materialización de estos riesgos podría resultar en pensiones menores para amplios segmentos de la población y en una erosión de la confianza en el sistema previsional costarricense y en la reputación regulatoria.”

Recordemos que la tasa de reemplazo, en sencillo, es lo que representa el monto que recibiría como pensión con respecto a lo que recibía como ingreso (salarial). En lo que se insiste aquí y ya se manifestó en el acápite a), es que en general la gran mayoría obtendría una menor pensión, lo que claro minaría la confianza en el sistema y los reguladores. Pero claro, si a los mismos reguladores y supervisores eso no les importaba, todo bien entonces. Re contra PLOP!!

Finalmente, las consideraciones del Consejo refieren a la ausencia del análisis de impacto económico, esto es algo que el mismo presidente del Banco Central (#BCCR), Róger Madrigal, ya había señalado. Es increíble, que este análisis de impacto en la #economía no se hubiera hecho; eso refuerza la impresión de un trabajo técnico apresurado e incompleto.

No hay manera de entender cuál era el interés de Rocío Aguilar primero, y de Tomas Soley, segundo, así como de los anteriores miembros del CONASSIF, de aprobar una reforma con estas falencias y cuestionamientos.

Por lo pronto, hizo bien el actual Consejo (en votación divida) en posponer por un año la reforma a efectos de que se realicen todos los “estudios complementarios” pertinentes que aterricen en una propuesta que beneficie a las y los trabajadores y pensionados. Además, para que se informe profundamente a la población sobre la reforma y sus alcances, pues sin el conocimiento y apoyo de los principales afectados, de igual forma estaría destinada al fracaso.

La SUPEN se ha ganado un “jalón de orejas” por parte del CONASSIF (al que no dudo las y los trabajadores nos unimos), es absolutamente incomprensible e inaceptable la evidente poca rigurosidad técnica con la que llevó esto al seno del Consejo y con la que peor aún pretendió aprobarlo.