
Hace bien la Superintendencia General de Valores (Sugeval) con prorrogar el plazo para hacer efectiva la #desmaterialización de las #acciones de nuestro mercado de valores, lo que beneficia, especialmente, a los pequeños accionistas, que aún conservan acciones físicas.
El plazo otorgado para dar este paso (hasta el 28 de abril próximo) no alcanzó, pese a que desde el 4 de abril de 2022 se conocía, y a que el mercado ha tenido bastante tiempo, ya que, desde el 04 de octubre de 2021, se tomó la decisión al reformar el Reglamento sobre Oferta Pública de Valores y el Reglamento de Custodia.
Pero también es cierto que persistían muchas dudas de los operarios y de los tenedores de esas acciones, sobre cómo sistematizar esa desmaterialización y quién asumiría los costos y cuáles serían esos costos.
La desmaterialización de una acción supone que se retire de circulación la acción de papel para que se traslade a un registro electrónico que se anota en una central de anotación en cuenta. Eso implica que el #inversionista (pequeño o grande) deba disponer de un contrato con un #custodio autorizado, pues este custodio será el que se encargue de depositar al inversionista los beneficios (dividendos) que produzca la #acción.
Y el asunto no es menor, por ejemplo, no todas las entidades de custodia, que son las que se encargan de crear la cuenta para realizar la desmaterialización, ofrecen ese servicio a “accionistas pequeños” (tenedores de pocas acciones y de valor nominal bajo), y perfectamente, el costo de ese servicio de custodia podría ser mayor que los mismos #dividendos que reciben con las acciones que tienen.
Según cifras de la #Sugeval, en Costa Rica alrededor de la mitad del capital accionario que es sujeto de oferta pública, tiene su representación física.
Si bien el regulador tomó algunas medidas, especialmente, a nivel de #normativa para facilitar este proceso de desmaterialización de las acciones, tal como la creación de las cuentas de custodia simplificadas, creadas para lograr una mayor #inclusión financiera y promover la participación de los pequeños inversionistas, también es cierto que eso tiene sus costos para el mercado y sus operadores; costos muchos de ellos que están directamente asociados a la #regulación.
Por ejemplo, un puesto de bolsa y banco, que se encargan de custodiar acciones, deben sí o sí anotarlas en cuenta en la central de valores (#InterClear), que a su vez les va a cobrar por ese servicio de anotación en cuenta; lo que finalmente redundará en que ese costo sea trasladado al cliente (pequeño inversionista accionista). Y ahí el tema es que, por lo general, los puestos de bolsa establecen mínimos de operación de gestión que deben tener los clientes en sus cuentas, y no hay normativa que fije solicitar un mínimo, ni su valor.
El gran problema al que se iban a enfrentar estos inversionistas en acciones, si no se prorrogaba el plazo, es que sus acciones iban a ser inmovilizadas y depositadas en una cuenta custodia que debía abrir el emisor de la acción, de modo que los tenedores de esas acciones no podrían ejercer sus derechos políticos y patrimoniales, es decir, participar en las asambleas y recibir el pago de dividendos, por ejemplo.
El nuevo plazo otorgado para ejecutar la desmaterialización total de las acciones físicas será el 31 de mayo del 2024. El propio recién estrenado superintendente de valores, Tomás Soley, ha reconocido la necesidad de ampliar el plazo para “aclarar una serie de elementos respecto a la operativa de los emisores accionarios y que han generado consultas y observaciones por parte de los accionistas minoritarios de estos emisores”.
Confiemos en que el nuevo plazo permita al mercado y a los accionistas tomar las medidas pertinentes y oportunas que resuelvan de forma eficiente la problemática presente, en particular, en beneficio de los pequeños inversionistas en acciones, pues de no hacerse la intención de la Sugeval y el #Conassif de “lograr una mayor inclusión financiera y promover la participación de los pequeños inversionistas”, se quedará en un saludo a la bandera.
