Traspaso de cartera de crédito de CS: los deslices del resolutor y el Conassif

El 31 de marzo pasado el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) informó mediante un comunicado de prensa, sobre la finalización del traspaso de cartera crediticia de Coopeservidores R.L (CS). al Banco Popular (Popular).

Con bombos y platillos anunció que de una cartera por un valor a marzo último de ₡18.024 millones, habría obtenido un valor de ₡9.138 millones, es decir, aceptó un “descuento” de ₡8.862 millones.

Detalla el comunicado del #Conassif: “Es la alternativa más favorable para los acreedores en términos de recuperación del dinero en el menor tiempo” y la “Operación evita mayor deterioro de la cartera y costos adicionales para el proceso de resolución”, así como: “Abre posibilidad de pagar un porcentaje adicional a los acreedores antes de iniciar el proceso concursal”.

Nada mal dirían los ahorrantes e inversionistas de #CS. Cuestión de perspectivas ¿el vaso está medio lleno o medio vacío? ¿Debieron ser esos ₡8.862 millones o pudieron ser menos?

Si bien, los argumentos del Conassif (realmente es la propuesta del #resolutor (e #interventor) Marco Hernández), podrían calificarse de aceptables (en este momento previo al proceso concursal), no podemos ignorar los #deslices y #yerros con que el resolutor ha llevado este proceso y, posiblemente, cómo ha incidido en este resultado.   

En julio de 2024, la propuesta del #Popular que aprueba el Conassif y que contemplaba la transmisión de activos y pasivos de #Coopeservidores, ciertamente, incluía la posibilidad de devolver cartera de crédito por “vicios ocultos que resultaban imposibles de identificar para cada crédito en un proceso de debida diligencia, tales como pagarés mal otorgados o que a pesar de estar reportados no estaban registrados en los expedientes”, pero de un equipo tan calificado y experimentado como el del señor Hernández (entonces interventor), era de esperarse que los “vicios ocultos”, fuesen detectados de manera rápida y que en el proceso de traslado de cartera al “banco bueno” (Popular), la cantidad de operaciones y el monto fuese el mínimo.

Tres meses después de esa aprobación, en octubre pasado, el Popular estimó e informó al resolutor que la cartera por devolver rondaba los ₡18.000 millones. A partir de ese momento se debía confirmar cuál sería la #devolución real por los vicios que pudiera presentar la cartera, para lo que ya se había otorgado una garantía al Popular por dicho monto.

Imagino que el resolutor y su equipo estuvieron muy ocupados entre octubre de 2024 y marzo de 2025, tratando de dilucidar “vicios ocultos” y determinando la “devolución real” de la cartera, ya que no es sino hasta el 27 de marzo que presentan la propuesta al Conassif, en la que recomiendan no se devuelva ningún crédito y se respeten los niveles de riesgo aceptados por el Popular.  O sea, básicamente lo que se había presentado seis meses atrás por el Popular se aceptó.

¿Ganadores y perdedores?

El Popular obtuvo una cartera con un descuento adicional para lograr un precio final del 40,7% de los ¢18.000 millones en créditos de CS que tenía en revisión, como parte de su operación como “banco bueno”. No podría criticarlo, asume ciertos riesgos que debe cubrir y, para ello, se deja un “buen colchón”. El punto a favor del Popular y el Conassif es que, si bien “hubo interés de otras entidades financieras por adquirir cartera con ese tipo de problemas, las ofertas oscilaron entre el 3,9% y el 25% del valor total”, o sea, “gracias, pero no gracias” a esas otras entidades (con justificada razón).

Los #acreedores recuperarán ₡9.138 millones de la garantía dada en su momento. ¿Es bueno? No hay respuesta definitiva. “Del ahogado el sombrero”, dice un dicho popular.

Es claro que en la entrega de la cartera no hubo una revisión minuciosa por parte del resolutor (como prueba esos créditos por 18 mil millones); las “debilidades” fueron detectadas posteriormente. En una sana administración eso no debió ocurrir, menos de parte de un personal competente y experimentado (y bien pagado).

Eso es como si usted fuera a la feria y compra tomates, pero al llegar a la casa en lugar de tomates sanos y frescos, encuentra que algunos de ellos vienen podridos. ¿Qué queda? Por supuesto, reclamar al vendedor y que le devuelva el dinero o le cambie los podridos; solo que en esta oportunidad el Popular decidió dejarse estos, pero le dijo al resolutor y a Conassif: ok pero de los 20 mil colones que le pagué “devuélvame” 4 mil (en este caso no hay devolución tal cual porque ya se había dado la garantía, entonces, lo que se da es un “descuento”).

Encima, como ya lo referí, se tardaron 6 meses (entre octubre y marzo) para prácticamente dejar todo igual, solo que ese “todo igual” no es tan cierto, porque lo que sí pasó durante ese tiempo es que esa cartera de crédito se deterioró más. Es de esperar que los 18 mil millones detectados por el Popular en octubre pasado, si se hubiera tomado una decisión oportuna (más lo que sumaría la gestión de recuperación), el descuento pudo ser menor (¿por mucho?) del pactado en marzo; la razón es más que obvia; contrario al adagio popular “el tiempo lo cura todo”, por tratarse de créditos, lo que sucedió es que “el tiempo desmejoraba todo”.

Esos deslices mostrados por el resolutor y el propio Conassif se evidenciaron con mayor magnitud cuando la Sala Constitucional admitió para estudio una acción de #inconstitucionalidad contra tres artículos de la Ley de Creación del Fondo de Garantía de Depósitos y de Mecanismos de Resolución de los Intermediarios Financieros, así como en contra del artículo 139 bis de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (#BCCR).

La acción de inconstitucionalidad la interpuso uno de los afectados por el cierre de #Desyfin, luego de declarada su inviabilidad financiera.

“Puede afectar a los acreedores de dichas entidades, dados los efectos prácticos que pueden generarse”, había explicado Conassif sobre el curso de la acción de inconstitucionalidad.

¿Qué hizo el resolutor? Se congeló. Solicitó las cuentas bancarias de los oferentes en la compra de activos para realizar las devoluciones de los dineros, esto en perjuicio de los inversionistas de la cooperativa. Tuvo la propia Sala, ante coadyuvancias presentadas, aclarar los alcances; el 27 de febrero ese tribunal señaló que el estudio no suspendía la vigencia de la ley.

El manejo de Hernández, primero como interventor y luego como resolutor de CS, ha sido fuertemente #cuestionado por diferentes personas, desde #ahorrantes e “inversionistas, hasta #diputados y diputadas, y la misma #Presidencia de la República.

De hecho, a principios de febrero pasado, tres inversionistas de la Cooperativa pidieron explicaciones a Hernández por el manejo de la #crisis de la entidad, los pagos realizados y aún no realizados, y el no uso del Fondo de Garantía de Depósitos (#FGD).

Como la cereza en el pastel, recordemos la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción tiene abierta una causa para investigar las actuaciones del Conassif y de la #Sugef por este caso, por presunto #delito de incumplimiento de deberes.

Y ahí sí, “para verdades, el tiempo”.